Información a revelar sobre incertidumbres en los estados financieros, ilustrada con ejemplos relacionados con el clima
Septiembre, 03 de 2025
Como se mencionará en las Noticias, El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) no ha aprobado este borrador casi final elaborado por el personal. El personal técnico del IASB publica este borrador casi final de los ejemplos ilustrativos para que las entidades puedan obtener una vista previa de los ejemplos, cuya publicación está prevista para octubre de 2025. Este borrador casi final se publica únicamente con fines informativos. El IASB no solicita comentarios al respecto.
Hemos realizado una descripción de este borrador EJEMPLO 4, que a continuación reproducimos para la debida información de esta materia, que, con el alcance anterior, es una buena ilustración de las situaciones que se van a generar en las entidades que puedan ser afectadas por las incertidumbres que genera el impacto del CAMBIO CLIMATICO en los estados financieros que emitan las entidades para propósito general. Para ello este ejemplo 4 nos ilustra al respecto que el IASB prevé publicarlos definitivamente en Octubre de 2025. Estaremos, además, reproduciendo en otro artículo los restantes 2 ejemplos.
EJEMPLO 4: Información a revelar sobre el riesgo de crédito
Este ejemplo se añade después del párrafo IG22 de la Guía para la implementación de la NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a revelar, bajo un nuevo encabezado titulado «Información a revelar relacionada con los efectos de determinados instrumentos financieros».
Riesgos crediticios. Se añade el párrafo 4.1 como párrafo IG22A y los párrafos 4.2 a 4.4, junto con los encabezados relacionados, se incluyen en un recuadro sin numerar.
4.1 Este ejemplo ilustra los requisitos de los párrafos 35A a 38 de la NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar. En particular, ilustra cómo una entidad podría revelar:
- información sobre los efectos de determinados riesgos en sus exposiciones al riesgo de crédito y sus prácticas de gestión del riesgo de crédito; y
- información sobre la relación entre estas prácticas y el reconocimiento y la medición de las pérdidas crediticias esperadas.
Antecedentes
4.2 La entidad es una institución financiera que ofrece una gama de productos a diversos tipos de clientes. Como parte de sus prácticas de gestión del riesgo de crédito, la entidad considera los efectos de diversos riesgos en sus exposiciones al riesgo de crédito, incluidos los riesgos relacionados con el clima. La entidad identifica dos carteras de préstamos en las que los riesgos climáticos tienen un efecto significativo en su exposición al riesgo crediticio, lo que le obliga a supervisar y tomar medidas para mitigar el riesgo crediticio derivado de la exposición de sus clientes a dichos riesgos. Estas carteras son:
- préstamos a clientes agrícolas, en los que eventos climáticos como las sequías podrían afectar su capacidad de reembolso; y
- préstamos a clientes inmobiliarios corporativos garantizados por propiedades en zonas bajas sujetas a riesgo de inundación.
Aplicación
4.3 Los párrafos 35A a 38 de la NIIF 7 incluyen requisitos de información a revelar sobre el riesgo crediticio derivado de los instrumentos financieros. Al considerar estos requisitos, la entidad determina que la información sobre los efectos de los riesgos climáticos en su exposición al riesgo crediticio en las dos carteras identificadas es significativa. La entidad llega a esta conclusión tras considerar, entre otros factores:
- el tamaño de las carteras: ambas carteras constituyen una parte importante de la cartera total de préstamos de la entidad.
- La relevancia de los efectos de los riesgos climáticos: estos tienen un efecto significativo en la exposición de la entidad al riesgo crediticio en comparación con otros factores que la afectan. Los efectos dependen de factores como los vencimientos de los préstamos y la naturaleza, probabilidad y magnitud de los riesgos climáticos.
- Factores cualitativos externos relacionados con el clima: el entorno de mercado, económico, regulatorio y legal en el que opera la entidad, así como los desarrollos relacionados con el clima (por ejemplo, un aumento en la ocurrencia y severidad de eventos meteorológicos y cambios a largo plazo en los patrones climáticos), aumentan la probabilidad de que la información influya en las decisiones que los usuarios principales de los estados financieros de la entidad toman basándose en dichos estados financieros.
4.4 Aplicando los requerimientos de los párrafos 35A a 38 de la NIIF 7, la entidad considera qué información proporcionar sobre los efectos de los riesgos climáticos en su exposición al riesgo crediticio en las dos carteras identificadas. Esta información podría incluir, por ejemplo:
- Una explicación de las prácticas de gestión del riesgo crediticio de la entidad en relación con los riesgos climáticos y cómo dichas prácticas se relacionan con el reconocimiento y la medición de las pérdidas crediticias esperadas.
- Una explicación de cómo la entidad incorporó los riesgos climáticos en los datos de entrada, los supuestos y las técnicas de estimación utilizadas para aplicar los requerimientos de la Sección 5.5 de la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Esta explicación podría incluir, por ejemplo, información sobre cómo la entidad incorporó dichos riesgos en la modelización de las pérdidas crediticias esperadas o información sobre el uso de ajustes basados en el juicio (también denominados «ajustes post-modelo» o «superposiciones de gestión»).
- Información sobre las garantías reales mantenidas como garantía y otras mejoras crediticias. Esta información podría incluir, por ejemplo, información sobre las propiedades mantenidas como garantía que están sujetas a riesgo de inundación y si dicho riesgo está asegurado.
- Información sobre las concentraciones de riesgos climáticos, si no resulta evidente a partir de otra información que la entidad presenta. Esta información podría incluir, por ejemplo, el importe en libros de las dos carteras identificadas.