Información a revelar sobre incertidumbres en los estados financieros, ilustrada con ejemplos relacionados con el clima
Julio, 25 de 2025
Como se mencionará en las Noticias, El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) no ha aprobado este borrador casi final elaborado por el personal. El personal técnico del IASB publica este borrador casi final de los ejemplos ilustrativos para que las entidades puedan obtener una vista previa de los ejemplos, cuya publicación está prevista para octubre de 2025. Este borrador casi final se publica únicamente con fines informativos. El IASB no solicita comentarios al respecto.
Hemos realizado una descripción de este borrador EJEMPLO 2, que a continuación reproducimos para la debida información de esta materia, que, con el alcance anterior, es una buena ilustración de las situaciones que se van a generar en las entidades que puedan ser afectadas por las incertidumbres que genera el impacto del CAMBIO CLIMATICO en los estados financieros que emitan las entidades para propósito general. Para ello este ejemplo 2 nos ilustra al respecto que el IASB prevé publicarlos definitivamente en Octubre de 2025. Estaremos, además, reproduciendo en otro artículo los restantes 4 ejemplos.
EJEMPLO 2, Información a revelar sobre supuestos: requisitos específicos
Este ejemplo se añade como «Ejemplo 10 Información a revelar sobre supuestos relacionados con incertidumbres» después del párrafo IE89 de los Ejemplos Ilustrativos de la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos. El párrafo 2.1 se añade como texto introductorio en cursiva. La numeración de los párrafos se adaptará para que coincida con la utilizada en dicho documento.
2.1 Este ejemplo ilustra los requisitos de los párrafos 134(d)(i)–(ii) y 134(f) de la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos. En particular, ilustra cómo una entidad revela información sobre los supuestos clave que utiliza para determinar los importes recuperables de los activos.
Antecedentes
2.2 Las operaciones de la entidad generan un elevado volumen de emisiones de gases de efecto invernadero. La entidad está sujeta a la normativa sobre emisiones de gases de efecto invernadero en algunas de las jurisdicciones en las que opera. Dichas regulaciones exigen que la entidad adquiera derechos de emisión para algunas de sus emisiones, lo que genera costos (costos de los derechos de emisión). (2) La entidad prevé que dichas regulaciones se generalicen en el futuro.
(2) Este ejemplo ilustra únicamente la consideración por parte de la entidad de los costos de los derechos de emisión al realizar la prueba de deterioro de un activo y la revelación de información sobre los supuestos claves relacionados. El ejemplo no cubre, por ejemplo, otros costos en los que una entidad podría incurrir al gestionar los riesgos relacionados con el clima.
2.3 La entidad ha asignado un importe significativo del fondo de comercio a una de sus unidades generadoras de efectivo (UGE) y realiza pruebas de deterioro de dicha UGE al menos anualmente. La entidad ha concluido que el importe recuperable de la UGE es mayor que su importe en libros y, por lo tanto, no reconoce ninguna pérdida por deterioro en el ejercicio actual. La entidad ha determinado que sus supuestos sobre los costos futuros de los derechos de emisión son supuestos clave; es decir, se encuentran entre los supuestos a los que el importe recuperable de la UGE es más sensible.
Aplicación
Supuestos razonables y justificables
2.4 La entidad mide el valor en uso de la UGE al realizar la prueba de deterioro. Aplicando los párrafos 33 a 38 de la NIC 36 para la medición del valor en uso de la UGE, la entidad basa sus proyecciones de flujos de efectivo en supuestos razonables y justificables que representan la mejor estimación de la gerencia sobre el rango de condiciones económicas que existirán en el futuro. Estos supuestos incluyen supuestos sobre los costos futuros de los derechos de emisión.
2.5 Los supuestos sobre los costos futuros de los derechos de emisión incluyen supuestos sobre el precio futuro de los derechos de emisión y la futura normativa sobre emisiones. Sin embargo, estos supuestos no reflejan el riesgo ya reflejado en la tasa de descuento.
Información a revelar
Supuestos clave y enfoque utilizado para determinar los valores asignados
2.6 Aplicando el párrafo 134(d)(i)–(ii) de la NIC 36, la entidad revela:
- que sus supuestos clave incluyen supuestos sobre el coste futuro de los derechos de emisión, como el precio futuro de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero y la futura normativa sobre emisiones; y
- su enfoque para determinar los valores asignados a estos supuestos clave, incluyendo si sus supuestos sobre el precio futuro de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero y la futura normativa sobre emisiones son coherentes con fuentes externas de información y, de no ser así, cómo y por qué difieren de dichas fuentes de información.
Información sobre sensibilidad
2.7 Aplicando el párrafo 134(f) de la NIC 36, la entidad también considera si un cambio razonablemente posible en un supuesto clave haría que el importe en libros de la UGE excediera su importe recuperable; es decir, si dicho cambio en el supuesto daría lugar a una pérdida por deterioro. Por ejemplo, la entidad considera si se produciría una pérdida por deterioro como resultado de un cambio razonablemente posible en sus suposiciones sobre el precio futuro de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero. De ser así, la entidad revela:
- el importe en que el importe recuperable de la UGE excede su importe en libros;
- los valores asignados a las suposiciones sobre el precio futuro de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero; y
- el importe en que estos valores deben cambiar, tras incorporar cualquier efecto derivado de dicho cambio en las demás variables utilizadas para medir el importe recuperable, para que el importe recuperable de la UGE sea igual a su importe en libros.
